Sentencia absolutoria de Alcalde acusado a 10 años de pena privativa de libertad por el delito de usurpación, abuso de autoridad y avocamiento ilegal de proceso en trámite

Sentencia absolutoria de Alcalde acusado a 10 años de pena privativa de libertad por el delito de usurpación, abuso de autoridad y avocamiento ilegal de proceso en trámite

 

  • Se le imputo a nuestro cliente que en su calidad de Alcalde dió una orden  al Procurador de la Municipalidad a fin de que este funcionario realizara el desalojo de una Asociación de Mercado  denominado “El Mirador”,   pese a que dicha Asociación tenía más de 9 años de posesión. Estos hechos fueron configurados como  Usurpación agravada, Abuso de Autoridad y Avocamiento Ilegal de Proceso en trámite.
  • Nuestro Asesoramiento  se realizó desde la etapa de investigación preparatoria, en el cual se participó en una serie de actos de investigación como son declaraciones testimoniales, inspecciones al predio y   aportación de medios probatorios documentales.
  • Durante el Juicio Oral,  la  Abogada Lizet Katherine Lozano Vilela, experta en en juicio orales con preparación en Estados Unidos, así como también en Colombia,  Puerto Rico y España  procedió a realizar un exitoso alegato de apertura sustentado en el hecho  que el predio constituía un bien de patrimonio del Estado por ende  de conformidad a lo previsto a la Ley 30230,  Artículo 65  correspondía  realizar la  Recuperación extrajudicial de predios de propiedad estatal.  
  • Así esta Ley autoriza al  Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, a través de sus Procuradurías Públicas o quienes hagan sus veces, deben repeler todo tipo de invasiones u ocupaciones ilegales que se realicen en los predios bajo su competencia, administración o de su propiedad, inscritos o no en el Registro de Predios o en el Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales – SINABIP; y recuperar extrajudicialmente el predio, cuando tengan conocimiento de dichas invasiones u ocupaciones, para lo cual requerirán el auxilio de la Policía Nacional del Perú, bajo responsabilidad. Si los organismos estatales omiten ejercer la recuperación extrajudicial, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, en su condición de ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales – SNBE, requerirá al Titular del organismo para que inicie, bajo responsabilidad, la recuperación dentro del término de cinco (5) días hábiles de notificado el requerimiento. Vencido este plazo y verificada la inacción, la Procuraduría Pública de la SBN iniciará o continuará las acciones de recuperación extrajudicial. No procede la aplicación de los mecanismos de defensa posesoria establecidos en los artículos 920 y 921 del Código Civil en favor de los invasores u ocupantes ilegales de predios bajo competencia, administración o propiedad del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales; toda controversia sobre los supuestos derechos de quienes se consideren afectados por la recuperación extrajudicial, se tramitarán en la vía judicial y con posterioridad a la misma. La recuperación extrajudicial no exonera de responsabilidad civil y/o penal a quienes ocuparon de manera ilegal los predios de propiedad estatal. Artículo 66. Requerimiento del auxilio de la Policía Nacional del Perú El requerimiento del auxilio de la Policía Nacional del Perú a que se refiere el artículo anterior, deberá formularse mediante una solicitud suscrita por el Procurador Público o quien haga sus veces del organismo requirente, acreditando la propiedad, competencia o administración del organismo estatal sobre el predio objeto de recuperación; adjuntando el plano perimétrico – ubicación, la partida registral del predio o el Certificado Negativo de Búsqueda Catastral cuando el predio estatal no se encuentre inscrito y señalando expresamente que los ocupantes carecen de título.

 

  • Así también realizó un efectivo   contrainterrogatorio  entre los que se encontraba la denunciante de los actos de usurpación   del cuya versión se pudo verificar que la persona específica de la recuperación fue el Procurador de la Municipalidad mas no el Alcalde,  así también que no tenían una posesión.
  • Finalmente realizar un extraordinario Alegato de Clausura,  con un meticuloso detalle al momento de argumentar  tanto de la prueba de cargo como descargo,  logrando finalmente después de 06 meses de audiencias en juicio oral lograr una SENTENCIA ABSOLUTORIA PARA EL ALCALDE.
  • La sentencia absolutoria recogió nuestra tesis al sustentar que el desalojo extrajudicial  se había realizado de acuerdo a la Ley 30230 por cuanto los bienes del Estado son inalienables e imprescriptibles.

 

La Fiscalía posteriormente realizó la apelación contra la sentencia absolutoria y nuevamente  patrocinamos a nuestro cliente  de forma exitosa,  logrando que se CONFIRME LA SENTENCIA ABSOLUTORIA.

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Contacto

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Angela Priscila Palacios Martinez

Asistente Legal

Es estudiante del Noveno Ciclo de la carrera de Derecho en la Universidad San Ignacio de Loyola, donde se mantiene en el Quinto Superior y dentro de los 100 mejores de su casa de estudios. Investigadora y asistente jurídica que cuenta con experiencia en el rubro de Derecho Administrativo, Civil y Penal. Ha sido voluntaria en Fiscalías Provinciales y Corporativas de Lima Sur y Lima Norte.

Asimismo, cuenta con Diplomados de Especialidad en el Nuevo Código Procesal, Gestión Pública y Derecho de Seguros. Actualmente se encuentra realizando sus prácticas preprofesionales en Vilela Firma Legal pues su anhelo es culminar con la Especialidad de Derecho Penal.

Norbel Lozano Vilela

Asesor Tributario

Es contador público de la Universidad Privada Antenor Orrego. Tiene una maestría en Sistema Tributario por la Universidad Nacional de Trujillo. Asimismo, cuenta con especializaciones en materia de Administración y Gestión por la Pontificia Universidad Católica del Perú y la Universidad Latinoamericana de Comercio Exterior.

Posee amplia experiencia como analista de cuentas en diversas empresas, lo cual le ha permitido tener un amplio manejo profesional en políticas y procedimientos financieros. Se ha desempeñado dentro del campo de la gerencia y la administración en empresas, cuya cobertura estaba enfocada en las regiones, lo cual le ha permitido tener un sólido enfoque en la gestión de procesos.

Dentro de su actividad académica, se ha desempeñado como docente del Instituto de Educación Superior Tecnológico – CIBERNET. Ha participado en calidad de ponente en diversos eventos nacionales e internacionales.
Es redactor del Departamento Académico del Instituto Internacional de Derecho y Empresa para las Américas y el Desarrollo – IDEPAD.

Dra. Cintia Montenegro

Asociada Junior

Es abogada por la Universidad Privada de Trujillo, especializada en Derecho Penal y Procesal Penal. Cuenta con estudios de maestría en Ciencias Penales por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, lo cual le ha permitido tener un enfoque multidisciplinario, al momento de realizar consultorías y procesos concernientes con la administración pública.

En el presente año, como nuevo logro profesional se consagró como Conciliadora Extrajudicial con especialización en Derecho de Familia acreditada por el Ministerio de Justicia. 

Ha brindado asesoría legal a la Municipalidad de Agua Blanca, y cumplido con éxito la defensa de los casos en Vilela Firma Legal.

Posee amplia experiencia en el campo del litigio, lo cual le permite brindar estrategias sólidas, a fin de que nuestros clientes tengan la garantía de alcanzar un estándar idóneo en el tratamiento de sus casos.
Dentro de sus actividades académicas podemos mencionar que ha participado en calidad de ponente en eventos nacionales. 

Asimismo, se desempeña como parte del Departamento Académico del Instituto Internacional Derecho y Empresa para las Américas y el Desarrollo – IDEPAD.

Dra. Aurora Lozano Vilela

Socia Junior

Abogada por la Universidad Privada del Norte, especializada en Derecho Penal y Procesal Penal. Es candidata al grado de especialización en Derecho Empresarial por su casa de estudios.

Ha participado en calidad de ponente en diversos eventos académicos a nivel nacional e internacional en materia Penal y Procesal Penal. Tiene como eje de investigación los delitos enmarcados en el Derecho penal económico y de la empresa. 

Cuenta con amplia experiencia en el sector público y privado, habiendo laborado en áreas de Derecho Penal, Derecho Laboral, Derecho de Familia y Derecho Administrativo. Su desempeño profesional también está circunscrito al diseño de estrategias y consultoría jurídica.

Asimismo, se desempeña como Directora académica del Instituto Internacional de Derecho y Empresa para las Américas y el Desarrollo – IDEPAD. Autora y coordinadora de publicaciones académicas en el campo de las ciencias jurídicas, aunado a ello, es consultora de portales web de análisis en materia penal.

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