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Vilela Firma Legal logra descartar acusación por concusión basada en depósitos que correspondían a préstamos

Vilela Firma Legal obtuvo la confirmación de la absolución de un funcionario acusado de exigir a una trabajadora parte de sus ingresos bajo amenaza de afectar su continuidad laboral. Nuestra defensa cuestionó que los depósitos y mensajes acreditaran una conducta de concusión y sostuvo que las entregas correspondían a devoluciones de préstamos. La Sala Penal de Apelaciones Permanente del Callao concluyó que la prueba no desvirtuaba su presunción de inocencia.

Ficha del caso:

ÁREA
Derecho penal y delitos contra la Administración pública

PERFIL DEL CLIENTE

Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista

DELITOS IMPUTADOS

Concusión

PEDIDO FISCAL

Condena penal y pretensión civil; apelaciones contra la absolución

ÓRGANO JURISDICCIONAL

Sala Penal de Apelaciones Permanente del Callao

DECISIÓN

Absolución y rechazo de la pretensión civil confirmados

FECHA DEL FALLO

9 de mayo de 2018

La Fiscalía atribuyó a nuestro patrocinado haber obligado a una asistente administrativa bajo su dependencia a entregarle S/ 500 y S/ 1,000 de sus remuneraciones, entre abril de 2012 y abril de 2015, bajo amenaza de despido. La acusación se apoyaba en la denuncia administrativa, movimientos bancarios y mensajes de texto. También existía una decisión administrativa desfavorable.

La trabajadora sostuvo durante la investigación penal y en juicio que los pagos correspondían a préstamos otorgados ante retrasos en el pago de remuneraciones. Tras la absolución de primera instancia, la Fiscalía y la Procuraduría apelaron, por lo que debíamos defender el resultado frente a sus cuestionamientos sobre la valoración de la prueba y la motivación de la sentencia.

¿Los depósitos y mensajes demostraban que nuestro patrocinado había obtenido dinero mediante abuso del cargo y coacción? La existencia de pagos no bastaba: era necesario acreditar su origen delictivo y descartar la explicación de devolución de préstamos respaldada por testimonios.

Precisar qué demostraban los depósitos y mensajes

Cuestionamos que los movimientos bancarios acreditaran entregas mensuales de la denunciante durante todo el periodo imputado. Señalamos que no se había verificado quién realizó los depósitos. También destacamos que los mensajes correspondían a abril de 2015 y sostuvimos que nuestro patrocinado ya no ocupaba el cargo, cuestionando la amenaza de despido atribuida.

Contrastar la denuncia con la versión sostenida en el proceso penal

Sostuvimos que la trabajadora no había cambiado su versión recién en juicio: la explicación de los préstamos ya se mantenía en la investigación preparatoria. La tesis defensiva encontraba apoyo en testimonios sobre préstamos realizados a trabajadores ante los retrasos municipales en el pago de remuneraciones.

Defender la absolución en segunda instancia

Solicitamos confirmar la absolución por insuficiencia probatoria. Además, advertimos que el Ministerio Público había pedido revocar la sentencia en su recurso y que en audiencia solicitaba su nulidad. Nuestra argumentación se concentró en la falta de prueba de la coacción y en los límites de las inferencias extraídas de las transferencias y comunicaciones.

Jurisprudencia relevante para los ejes de defensa

El marco jurisprudencial del caso comprende el Acuerdo Plenario N.° 2-2005/CJ-116, sobre credibilidad, corroboración y persistencia de la sindicación, y el Recurso de Nulidad N.° 3044-2004-Lima, sobre la valoración de versiones distintas prestadas con garantías. En este caso, la denuncia administrativa no se mantuvo en el proceso penal y no reunía las garantías que permitieran aplicar aquella doctrina para privilegiarla frente a la explicación de los préstamos.

La STC N.° 00156-2012-PHC/TC, que recoge el caso Cantoral Benavides vs. Perú, exige prueba suficiente y pertinente para condenar. La STC N.° 1291-2000-AA/TC establece que una motivación breve resulta válida si ofrece una justificación congruente y suficiente. Estos criterios se relacionan con los ejes discutidos en apelación: insuficiencia probatoria y motivación de la absolución.

Estándar de prueba aplicado en la sentencia

La Sala exigió certeza para condenar y suficiente actividad probatoria de cargo obtenida y actuada con garantías, conforme al artículo II del Título Preliminar del Código Procesal Penal. Los mensajes admitían tanto la interpretación acusatoria como la de cobro de préstamos; solo se acreditaron tres depósitos de la trabajadora en 2015, insuficientes para corroborar la exigencia mensual atribuida desde 2012. La prueba no permitió superar la duda sobre el origen delictivo de los pagos.

La Sala precisó, además, que la decisión administrativa no vinculaba al órgano penal, cuya actividad probatoria era más intensa. Tampoco encontró respaldo objetivo para afirmar que nuestro patrocinado hubiera presionado a la trabajadora a variar su versión. La presunción de inocencia permaneció vigente.

El 9 de mayo de 2018, la Sala declaró infundadas las apelaciones de la Fiscalía y la Procuraduría. Confirmó la sentencia del 24 de agosto de 2017 del Juzgado Penal Colegiado Permanente del Callao, que absolvió a nuestro patrocinado por concusión y declaró infundada la pretensión civil.

Defensa penal de funcionarios públicos

En Vilela Firma Legal, este caso refleja una defensa centrada en precisar el alcance de cada prueba, contrastar la acusación con explicaciones respaldadas por los testimonios y sostener la absolución ante los recursos de apelación.

Fallo judicial

Angela Priscila Palacios Martinez

Asistente Legal

Es estudiante del Noveno Ciclo de la carrera de Derecho en la Universidad San Ignacio de Loyola, donde se mantiene en el Quinto Superior y dentro de los 100 mejores de su casa de estudios. Investigadora y asistente jurídica que cuenta con experiencia en el rubro de Derecho Administrativo, Civil y Penal. Ha sido voluntaria en Fiscalías Provinciales y Corporativas de Lima Sur y Lima Norte.

Asimismo, cuenta con Diplomados de Especialidad en el Nuevo Código Procesal, Gestión Pública y Derecho de Seguros. Actualmente se encuentra realizando sus prácticas preprofesionales en Vilela Firma Legal pues su anhelo es culminar con la Especialidad de Derecho Penal.

Norbel Lozano Vilela

Asesor Tributario

Es contador público de la Universidad Privada Antenor Orrego. Tiene una maestría en Sistema Tributario por la Universidad Nacional de Trujillo. Asimismo, cuenta con especializaciones en materia de Administración y Gestión por la Pontificia Universidad Católica del Perú y la Universidad Latinoamericana de Comercio Exterior.

Posee amplia experiencia como analista de cuentas en diversas empresas, lo cual le ha permitido tener un amplio manejo profesional en políticas y procedimientos financieros. Se ha desempeñado dentro del campo de la gerencia y la administración en empresas, cuya cobertura estaba enfocada en las regiones, lo cual le ha permitido tener un sólido enfoque en la gestión de procesos.

Dentro de su actividad académica, se ha desempeñado como docente del Instituto de Educación Superior Tecnológico – CIBERNET. Ha participado en calidad de ponente en diversos eventos nacionales e internacionales.
Es redactor del Departamento Académico del Instituto Internacional de Derecho y Empresa para las Américas y el Desarrollo – IDEPAD.

Dra. Cintia Montenegro

Asociada Junior

Es abogada por la Universidad Privada de Trujillo, especializada en Derecho Penal y Procesal Penal. Cuenta con estudios de maestría en Ciencias Penales por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, lo cual le ha permitido tener un enfoque multidisciplinario, al momento de realizar consultorías y procesos concernientes con la administración pública.

En el presente año, como nuevo logro profesional se consagró como Conciliadora Extrajudicial con especialización en Derecho de Familia acreditada por el Ministerio de Justicia. 

Ha brindado asesoría legal a la Municipalidad de Agua Blanca, y cumplido con éxito la defensa de los casos en Vilela Firma Legal.

Posee amplia experiencia en el campo del litigio, lo cual le permite brindar estrategias sólidas, a fin de que nuestros clientes tengan la garantía de alcanzar un estándar idóneo en el tratamiento de sus casos.
Dentro de sus actividades académicas podemos mencionar que ha participado en calidad de ponente en eventos nacionales. 

Asimismo, se desempeña como parte del Departamento Académico del Instituto Internacional Derecho y Empresa para las Américas y el Desarrollo – IDEPAD.

Dra. Aurora Lozano Vilela

Socia Junior

Abogada por la Universidad Privada del Norte, especializada en Derecho Penal y Procesal Penal. Es candidata al grado de especialización en Derecho Empresarial por su casa de estudios.

Ha participado en calidad de ponente en diversos eventos académicos a nivel nacional e internacional en materia Penal y Procesal Penal. Tiene como eje de investigación los delitos enmarcados en el Derecho penal económico y de la empresa. 

Cuenta con amplia experiencia en el sector público y privado, habiendo laborado en áreas de Derecho Penal, Derecho Laboral, Derecho de Familia y Derecho Administrativo. Su desempeño profesional también está circunscrito al diseño de estrategias y consultoría jurídica.

Asimismo, se desempeña como Directora académica del Instituto Internacional de Derecho y Empresa para las Américas y el Desarrollo – IDEPAD. Autora y coordinadora de publicaciones académicas en el campo de las ciencias jurídicas, aunado a ello, es consultora de portales web de análisis en materia penal.