Sentencia absolutoria a favor de efectivo policial acusado del delito de cohecho pasivo propio, a quien se le solicitó 7 años de pena privativa de libertad
El Ministerio Público acusó al señor Luis por la comisión del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de Cohecho Pasivo Propio, por cuanto habría solicitado $20,000.00 mil dólares a un particular para favorecer para archivar la investigación a nivel policial, investigación que se encontraba a su cargo como oficial de la policía de Lavado de Activos.
- Nuestro Asesoramiento se realizó desde la etapa de investigación preparatoria, en el cual se participó en una serie de actos de investigación como son declaraciones testimoniales y aportación de medios probatorios documentales.
- Durante el Juicio Oral, la Abogada Lizet Katherine Lozano Vilela, experta en juicio orales con preparación en Estados Unidos, así como también en Colombia, Puerto Rico y España, procedió a realizar un exitoso alegato de apertura sustentado en la inocencia del señor Luis, en razón que los hechos imputados por fiscalía se basaron en presunciones y testimonios de referencia de familiares.
- Así también realizó un efectivo contrainterrogatorio a los testigos de la fiscalía, específicamente a los testigos de referencia – familiares del denunciante, quienes afirmaban tener conocimiento de la presunta solicitud de dinero porque el denunciante les habría comentado, más no eran testigos directos del hecho.
- Finalmente, realizar un extraordinario Alegato de Clausura, sustentado en el hecho que la única prueba de cargo del Ministerio Público fue la declaración del denunciante, asimismo, se argumentó que el motivo de la denuncia contra el señor Luis fue porque este investigo a las empresas del denunciante, por lo que tenía un motivo espurio para denunciarlo. En cuanto a la verosimilitud, se tiene que la declaración del agraviado no se puede corroborar con testigos de referencia. Además, que la acusación fiscal no ha precisado si la presunta solicitud se hizo para realizar u omitir sus obligaciones, por lo cual no se ha acreditado con medios probatorios la incriminación, logrando finalmente una SENTENCIA ABSOLUTORIA PARA EL ALCALDE.
- Los argumentos del Juez para absolver al señor Luis se sustentó en que no se probó de manera indubitable la solicitud de dádiva por parte del señor Luis, por cuanto la única declaración testimonial del testigo directo es del agraviado, que no se logró corroborar con otros medios probatorios periféricos para poder concluir en la veracidad de los hechos imputados.